ORDENANZA Nº 1060/84 :
SOBRE PLAGUICIDAS
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre de la Provincia de Santa Fe, al primer día del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y cuatro.
VISTO: La necesidad de reglamentar en el éjido urbano el uso adecuado de control de plagas que afectan las prácticas agrícolas, en consonancia con los nuevos sistemas de lucha y los conocimientos científicos disponibles; y
CONSIDERANDO: Que resulta imprescindible propender al uso y manejo racional de los plaguicidas en las etapas de elaboración, transporte, almacenamiento, expendio y adecuar técnicas de aplicación, como forma de evitar la contaminación con aquéllos, estableciendo grados de tolerancia residual adecuados;
Que mediante el expediente Nº 000388-M-84, el Ministerio de Agricultura y Ganadería solicita la colaboración de esta Municipalidad para el mejor cumplimiento de la Ley de Biocidas Nº 7461/75 y sus normas reglamentarias;
POR TANTO:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Sala de Sesiones, octubre 01 de 1984